martes, 2 de abril de 2013

PRESUNTA RED DE PROSTITUCIÓN Y TRATA DE BLANCAS EN FOROS DE INTERNET EN OAXACA

Nota tomada de Punto y Aparte Oaxaca:

http://agenciapuntoyaparte.blogspot.mx/2013/04/presunta-red-de-prostitucion-y-trata-de.html

Jorge Morales Hernández

Fotografías presuntas niñas son expuestas ( Sus caras fueron bloqueadas por respeto a sus derechos humanos)


Oaxaca, México (Punto y Aparte).- La denuncia de jóvenes mujeres puso al descubierto una presunta red de prostitución y trata de blancas a través de los foros del portal “Hola Oaxaca”, según se pudo comprobar. En ese sitio se están violando la Constitución, tratados y convenciones internacionales, leyes federales y estatales, al mostrar sin consentimiento de quienes son exhibidas, presuntas niñas, jóvenes y personas adultas, teniendo sexo o desnudas, en ocasiones a pesar de las suplicas y las exigencias de que seas retiradas las imágenes, los administradores del portal hacen caso omiso, dejando en la indefensión jurídica a las jóvenes. Denigrando su genero, su imagen, su persona, dignidad, sus derechos humanos, causando violencia psicológica, violencia sexual, así como generando responsabilidades civiles y penales, como es el daño moral y daños y perjuicios, atentando contra la dignidad de las familias de las mujeres que en ese sitio cibernético aparecen.    

Foros donde al parecer hay presunción de trata de blancas
     
A Punto y Aparte Oaxaca acudió la estudiante de la Universidad Anáhuac, a quien identificaremos como Sabrina, la cual denunció públicamente haber sido víctima del sitio denominado Foro o Chat de “Hola Oaxaca”, donde habría aparecido una fotografía  de ella totalmente desnuda, imagen que habría sido robada de su computadora y subida al sitio antes mencionado sin su consentimiento. Dicha imagen le causó daño moral y psicológico, debido a que, desde que esa imagen apareció en ese foro que es utilizado para burlarse de la mujer, ella es objeto del desprecio social y la burla de sus amigos.


Tras la queja que hizo llegar Sabrina a Punto y Aparte Oaxaca, nos dimos a la tarea de investigar y precisamente ingresamos a la página Hola Oaxaca,  www.holaoaxaca.com página principal, en la pestaña de foros existen diferentes categorías en la que resalta área de adultos  www.holaoaxaca.com/foro/ que contiene un sub foro llamado oaxaqueñas. En este lugar con solo registrarse con un correo electrónico incluso falso, usted puede subir fotografías y comentarios, tan fácil como hacer clic, después claro está de crear un perfil.  
Fotografías donde se expone a la mujer


Verificamos sus términos y condiciones de los administradores de la página que en este caso son los dueños del dominio Hola Oaxaca, sin embargo encontramos que los mismos vienen en inglés y que para saber que es lo que estás aceptando debes ir a un traductor. Veamos los términos y condiciones:

Jóvenes mujeres expuestas al público

              Términos y condiciones de Hola Oaxaca
Usted está de acuerdo, a través de su uso de este foro, en no publicar ningún material que sea falso, difamatorio, inexacto, abusivo, vulgar, de odio, de acoso, obsceno, profano, orientado sexualmente, amenazante, invasor de la privacidad de una persona, material para adultos, o en violación de cualquier Internacional o las leyes de los Estados federales. Usted también acepta no publicar ningún material con copyright a menos que usted posea los derechos de autor o usted tiene consentimiento por escrito del propietario del material con derechos de autor. Spam, inundaciones, anuncios, cartas en cadena, esquemas piramidales, y las solicitudes son también prohibida en este foro.

A decir de especialistas esto es pornografía

Tenga en cuenta que es imposible para el personal o los propietarios de este foro confirmar la validez de los mensajes. Por favor, recuerde que nosotros no vigilamos activamente los mensajes enviados y, como tal, no somos responsables por el contenido de los mismos. No garantizamos la exactitud, integridad o utilidad de cualquier información presentada. Los mensajes expresan las opiniones del autor y no reflejan necesariamente las opiniones de este foro, su personal, sus filiales, o el propietario de este foro. 
El administrador de la página nada hace por solucionar el problema

Cualquier persona que sienta que un mensaje publicado es objetable es alentado a notificar a un administrador o moderador de este foro de inmediato. El personal y el dueño de este foro se reservan el derecho a eliminar contenido objetable, dentro de un marco de tiempo razonable, si determinan que la eliminación es necesaria. Este es un proceso manual, sin embargo, tenga en cuenta que no puede ser capaz de eliminar o editar mensajes particulares inmediatamente. Esta política se aplica a la información de perfil de miembro.

¿Foros?

Usted es el único responsable por el contenido de sus mensajes enviados. Además, usted se compromete a indemnizar y mantener indemne a los propietarios de este foro, cualquier sitio web relacionado con este foro, su personal, y sus filiales. 
Los propietarios de este foro también se reservan el derecho de revelar su identidad (o cualquier otra información relacionada recogida en este servicio) en el caso de una queja formal o acción legal derivada de cualquier situación causada por su uso de este foro.
Escenas de mujeres que son abusadas por sujetos 

Usted tiene la posibilidad, como se registre, de elegir su nombre de usuario. Aconsejamos que usted mantenga el nombre apropiado. Con esta cuenta de usuario que está a punto de registrar, usted acuerda nunca dar su contraseña a otra persona excepto un administrador, para su protección y por razones de validez. Usted también acuerda NUNCA utilizar la cuenta de otra persona por cualquier razón. También recomendamos que utilice una contraseña compleja y única para su cuenta, para prevenir el robo de cuenta.
Después de registrarse y acceder a este foro, usted será capaz de llenar un perfil detallado. 
Escolares en escenas de sexo

Es su responsabilidad presentar la información clara y precisa. Cualquier información que el propietario del foro o el personal determina a ser inexacta o vulgar en naturaleza será removida, con o sin previo aviso. Las sanciones apropiadas pueden ser aplicables.
Tenga en cuenta que con cada mensaje, su dirección IP está registrada, en el caso de que tenga que ser prohibido de este foro o en contacto con su proveedor de Internet. Esto sólo ocurrirá en caso de una violación importante de este acuerdo.




También tenga en cuenta que el software coloca un cookie, un archivo de texto que contiene bits de información (como su nombre de usuario y contraseña), en la caché de su navegador. Esto se utiliza SOLAMENTE para mantenerte conectado in / out. El software no recoge ni envía ninguna otra forma de información a su ordenador. (Fin de los términos y condiciones)

Como vemos el administrador de “Hola Oaxaca”, establece los términos y fija postura del material que no debe de subirse al foro: “Usted está de acuerdo, a través de su uso de este foro, en no publicar ningún material que sea falso, difamatorio, inexacto, abusivo, vulgar, de odio, de acoso, obsceno, profano, orientado sexualmente, amenazante, invasor de la privacidad de una persona, material para adultos , o en violación de cualquier Internacional o las leyes de los Estados federales. Usted también acepta no publicar ningún material con copyright a menos que usted posea los derechos de autor o usted tiene consentimiento por escrito del propietario del material con derechos de autor. Spam, inundaciones, anuncios, cartas en cadena, esquemas piramidales, y las solicitudes son también prohibida en este foro”.  

Los administradores del foro se contradicen legalmente porque sabiendo que las fotografías de presuntas niñas y jovencitas oaxaqueñas que son exhibidas violan sus propios acuerdos ¿porqué permiten que estás se sigan publicando en ese sitio?, ¿porqué se permiten escenas que lastiman la dignidad humana?


Fotografías explicitas de pornografía

Sabrina manifestó, habría solicitado a través del mismo foro el retiro de la fotografía que fue usada sin su consentimiento según dice, y a pesar de ello jamás fue atendida su solicitud legalmente por los administradores del foro en este caso los dueños del dominio “Hola Oaxaca”. A decir de la denunciante son varias las jovencitas que se encuentran en el mismo caso que ella, viviendo como ella lo describió un terror constante. No solo Sabrina ha solicitado que su fotografía sea retirada por los dueños del servidor en este caso Hola Oaxaca, suman varias las solicitudes del retiro del material pornográfico y los administradores de Hola Oaxaca no han atendido la solicitud convirtiéndose en presuntos cómplices de los diversos delitos que se están cometiendo.

Sabrina comentó que en el foro de oaxaqueñas/Hola Oaxaca, aparece una solicitud del señor quién se identifica como Carlos Jiménez Hernández, fechada el 14 de junio del 2011, el cual desesperado exige sea retirada la fotografía de su hija, lo que demuestra dijo que en ese lugar se violan los derechos de las mujeres, a decir de la estudiante, son varias las quejas que existen y en algunos casos no se procede porque de inmediato son amenazadas. 
Mujeres mostradas al público

El foro aludido a de decir de la denuncia interpuesta ante este medio informativo, está completamente lleno de fotografías de jóvenes desnudas, teniendo en algunos casos sexo con personas mayores, en otros los visitantes colocan los nombres de las mujeres e incluso sus direcciones, teléfonos celulares o convencionales. Exhiben a las chicas y las ofenden sin importarles su dignidad, sus derechos humanos y su género.


¿Y la dignidad de las mujeres?

En el mismo aparecen presuntas menores de edad y muchas de ellas son exhibidas como alumnas de conocidas escuelas particulares y públicas. La gran mayoría totalmente desnudas, teniendo sexo y abusadas por sujetos de edad considerable.

Lo que pusiera ser un sitio de presunta  prostitución y trata de blancas curiosamente no ha sido localizado por la policía cibernética federal o local, según dijo Sabrina.
El portal antes aludido así como el foro que se ha mencionado a decir de especialistas estaría violando de entrada la Constitución mexicana, así como acuerdos y foros internacionales, leyes federales y locales veamos:
Código Penal Federal:
Un padre de familia angustiado exige al administrador retirar fotografía de su hija sin que obtenga respuesta (Haga click en la imagen para ampliarla)

CAPÍTULO II Pornografía de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de
Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o
de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo.
Artículo 202.- Comete el delito de pornografía de personas menores de dieciocho años
de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho
o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o
induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales
o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el
objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de
anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos. Al autor de este
delito se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.




A quien fije, imprima, video grave, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal
o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores
de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender
el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le
impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, así
como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.
Los términos en inglés

La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre,
arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los
párrafos anteriores.
El administrador advirtiendo sobre las consecuencias del mal uso, sin embargo a decir de Sabrina no se procede a retirar las imágenes 

Artículo 202 BIS.- Quien almacene, compre, arriende, el material a que se refieren los
párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a
cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa. Asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado.


Escenas de pornografía

CAPÍTULO III
Turismo Sexual en contra de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de
Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o
de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo
Artículo 203.- Comete el delito de turismo sexual quien promueva, publicite, invite, facilite
o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del
territorio nacional con la finalidad de que realice cualquier tipo de actos sexuales reales o
simulados con una o varias personas menores de dieciocho años de edad, o con una o varias
personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o con una o varias
personas que no tienen capacidad para resistirlo.
Al autor de este delito se le impondrá una pena de siete a doce años de prisión y de
ochocientos a dos mil días multa.



CAPÍTULO VII
Provocación de un Delito y Apología de éste o de algún Vicio y de la Omisión
de impedir un Delito que atente contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, la
Dignidad Humana o la Integridad Física o Mental.

Artículo 208.- Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de
éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la
comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción
que le corresponda por su participación en el delito cometido.
La Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos de la Policía Federal impulsa
el término “Delito Electrónico”:
“Actos u omisiones que sancionan las leyes penales con relación al mal uso de los
medios cibernéticos.”

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 1o.
Párrafo quinto
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad,
las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las
preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y
tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA
CONTRA LA MUJER
"CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ"
AFIRMANDO que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las
libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades;
Así se denigra a la mujer en el foro antes mencionado


ARTÍCULO 2
Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica:
b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros,
violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el
lugar de trabajo, así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y
ARTÍCULO 6

El derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye, entre otros:
a. el derecho de la mujer a ser libre de toda forma de discriminación, y
b. el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y
prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.
Haga click en la imagen

Código Civil Federal:
Artículo 1916.- Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus
sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y
aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.
Haga click en la imagen para aumentar su tamaño

Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá
la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se
haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual
obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme
a los artículo 1913, así como el Estado y sus servidores públicos, conforme a los artículos 1927
y 1928, todos ellos del presente Código.
Código Civil de Oaxaca
Artículo 1787
Daño moral, es la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos,
creencias, decoro, honor, reputación, vida privada y aspecto físico, o bien en la
consideración que de ella tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral
cuando se vulnera o menoscabe ilegalmente la libertad o la integridad física o psíquica
de las personas.
LEY ESTATAL DE ACCESO DE LAS MUJERES
A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE GÉNERO
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE
VIOLENCIA (Federal)

Artículo 7. Los tipos de Violencia contra las Mujeres son:

I.Violencia psicológica: Es cualquier acto u omisión que cause daño a
la estabilidad psicológica, pudiendo consistir en negligencia, abandono,
descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, marginación,
indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción
a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la
depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al
suicidio;
V. Violencia sexual: Es cualquier acto que degrade o dañe el cuerpo o la sexualidad
de la víctima y que por tanto atente contra su libertad, dignidad e integridad física
o psicológica. Es una expresión de abuso de poder que implica el sometimiento
femenino al agresor, al denigrar a las mujeres y concebirla como objeto;
VI. Violencia feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las
mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público
y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar
impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte
violenta de mujeres;
Capítulo Cuarto
En el Ámbito Social o en la Comunidad
Artículo 18. Violencia en el ámbito social o en la comunidad, son los actos individuales
o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su
denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.
Artículo 21. Las víctimas de violencia protegidas por esta Ley, tendrán los siguientes
derechos:
I. Protección inmediata y efectiva por parte de las autoridades;
II. Trato digno y respetuoso durante cualquier entrevista o actuación como víctima de
violencia;
III. Atención legal necesaria para los trámites jurídicos relacionados con la violencia de la
cual sea víctima;

IV. Atención médica y psicológica para la atención de las consecuencias generadas por la
violencia;
V. Acciones de asistencia social que contribuyan a su pleno desarrollo;
VI. Atención en un refugio temporal; y
VII. Las demás que establezcan esta Ley, su reglamento y otras disposiciones legales
aplicables.

DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS
Y DEBERES DEL HOMBRE
Derecho a la protección a la honra, la reputación personal
y la vida privada y familiar
Artículo V. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra los ataques abusivos a su
honra, a su reputación y a su vida privada y familiar.
Las quejas y denuncias en el mismo portal son presentadas sin que el administrador haga algo        (Haga click en la imagen para aumentar el zoom)

DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN
DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER
Al parecer según el abogado Manuel López Castellanos, tanto quienes subieron las imágenes y quienes permitieron que este daño se hubiera cometido contra las mujeres, en este caso los administradores de Hola Oaxaca, tienen responsabilidad penal y civil, al generar daño moral, psicológico y violación de los derechos humanos de las mujeres que sin su consentimiento son mostradas desnudas y teniendo sexo  en el foro de Hola Oaxaca.
Es necesaria una disculpa pública subraya el abogada y el retiro inmediato del material pornográfico, sabiendo que depende de todas y cada una de las afectadas la reserva o el uso de sus derechos para proceder en su momento en contra de quienes son los responsables directos e indirectos de una serie de delitos cometidos contra la mujer.


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