miércoles, 13 de marzo de 2013

Luis Ugartechea Begué hace de la LEY un circo, con su campaña “Quiero mi ciudad sin bloqueos”.


La LEY es imperativa, de esta manera no puede ser discutida en votación su aplicación cuando sea agraviada por conductas que estén contra de ella.

Bajo este argumento el actual presidente municipal del municipio Oaxaca de Juárez está haciendo de la ley un “concurso”, para ver si es aplicada ante las evidentes violaciones a diferentes preceptos que contiene la norma jurídica, por parte de “estudiantes” normalistas e integrantes de la Sección XXII.

Es obligación del municipio de Oaxaca de Juárez salvaguardar los derechos de los habitantes dentro de su competencia, cuando sus derechos sea disminuidos por actos vandálicos realizados por estudiantes normalistas, teniendo en cuenta que estos afectan gravemente los derechos humanos  de libertad de tránsito de los habitantes de la ciudad de Oaxaca, y también configuran con sus conductas delitos del orden  federal, como lo es el ataque a las vías de la comunicación establecido en el Código Penal Federal, y de igual manera el artículo 168 Bis del Código Penal del Estado de Oaxaca, que castiga aquel o aquellos que se apoderen de uno o varios vehículos de motor al servicio público o interrumpa o lesione el servicio al que están destinados.

Conforme a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca dentro de la fracción I  y XXV del artículo 68, establecen las obligaciones de los presidentes municipales en las cuales plantean lo siguiente:

I.- Cumplir y hacer cumplir en el Municipio la presente Ley, las leyes y demás disposiciones de orden normativo municipal, así como los ordenamientos estatales y federales en el ámbito de su competencia, y conducir las relaciones del ayuntamiento con los Poderes del Estado, y con los otros ayuntamientos de la entidad;

XXV.- Tener bajo su mando, la Policía Preventiva Municipal en los términos del reglamento correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y las leyes de la materia;

El no haber aplicado la ley en su mandato incurriría en responsabilidad administrativa, ya que no cumplió con sus obligaciones como presidente municipal, de esta manera, el presidente municipal de Oaxaca de Juárez debió de hacer mandar cumplir la ley al momento que normalistas e integrantes de la Sección XXII afectaron derechos de terceros y violentaron disposiciones contenidas en el código penal.

La ley no necesita de una colecta de firmas para que se aplique, en la fracción primera del artículo 1º, del Código Penal del Estado de Oaxaca, establece el ámbito de aplicación del mismo:

“ARTÍCULO 1.- Este Código se aplicará en el Estado de Oaxaca:

I.- Por los delitos de la competencia de los Tribunales Comunes, cometidos en su territorio;”

En ninguna parte menciona que para aplicación de las disposiciones del citado código deba ser sometida a consenso de los habitantes, en una campaña de colectas de firmas.




¿Por qué Ugartechea realiza esta campaña, “Quiero mi ciudad sin bloqueos?

Una de las posibles causas que llevó al presidente municipal a realizar este acto, es la ambición de “poder”, que lo obtendría a través de su “buena obra”, adquiriendo un puesto de elección popular en algún futuro cercano o lejano, basándose en que fue uno de los primeros en enfrentar las marchas y plantones que alteran la estabilidad de la ciudad de Oaxaca, sin embargo no hay que olvidar que como presidente municipal tiene la obligación de velar y hacer cumplir la ley sin necesidad de preguntar a los habitantes

Por otro lado, el que no ha hecho mención al respecto de hacer cumplir la ley a aquellos que la quebrantan con sus actos delictivos como lo hacen los normalistas e integrantes de la Sección XXII, es el actual Gobernador del Estado, Gabino Cué Monteagudo, que ha mostrado su incapacidad de resolver el problema de los paros y plantones que realizan de manera anual los integrantes de la Sección XXII, recordemos que una de sus promesas de campaña del actual Gobernador fue que ya no se realizarían plantones  y bloqueos.

Hay que tener en cuenta que se respiran aires electorales en Oaxaca, en las próximas elecciones se renovará tanto el Congreso y los Ayuntamientos en el Estado, esto es una posible causas por la cual Gabino Cué no quiere aplicar la ley en contra de cierto grupos, y de igual manera Ugartechea de manera oportunista quiera obtener votos para su partido, por parte de los inconformes de las acciones que toma la Sección XXII y los normalistas.

Aproximadamente en el Estado de Oaxaca existen 70 mil maestros, los cuales representan cierto porcentaje electoral, por esto los gobiernos no quieren aplicar la ley a este gremio, ya que necesitan de estos votos para poder llegar al poder.

¿Sería lícito el uso de la fuerza pública contra los normalistas o Sección XXII?

El que ha estado en alguna acción de normalistas o en su caso de integrantes de la Sección XXII, ha escuchado que este grupo defiende sus acciones alegando que se encuentran en su derecho, de asociación, reunión y expresión de ideas, contenidos en los primeros 29 artículos de la Constitución mexicana.

Lo único que no toman en cuenta, es que estas libertades contenidas en la Ley Fundamental, tienen sus límites cuando afectan el derecho de terceros, lo que implica que al momento de que estos ejerzan su derecho afectando la libertad de tránsito, patrimonio, integridad física, daño a propiedad ajena, ataque a las vías de comunicación, secuestro de personas, su derecho ya no sería considerado como tal convirtiéndose en un delito tanto federal como estatal.

Lo que facultad a la autoridad en la materia a proteger los derechos de la ciudadanía oaxaqueña y aplicar la ley, privando de la libertad a integrantes de las mencionadas agrupaciones ya que estos trasgredieron los ordenamientos penales.

La Constitución Oaxaqueña es clara, y establece en la fracción I, II, XX del artículo 80 las obligaciones del Gobernador de esta entidad federativa, obliga a Gabino Cué Monteagudo a cumplir con las leyes que juro hacer valer.

I.-Cuidar del exacto cumplimiento de la Constitución General y de las leyes y decretos de la Federación, expidiendo al efecto las órdenes correspondientes;

II.- Cuidar del puntual cumplimiento de esta Constitución y de las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones que de ella emanen, expidiendo al efecto las órdenes correspondientes;

 XX.- Transmitir órdenes a la Policía Preventiva Municipal en los casos que juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público, de conformidad con lo dispuesto por la Fracción VII del artículo 113 de esta Constitución;

Gabino Cué debe cumplir con la ley y no ser presionado por grupos que afectan a la ciudadanía oaxaqueña con los destrozos que realizan cada vez que llevan acabo  sus acciones.

Cuando un grupo de personas afecten los derechos de terceros y a través de estas conductas se actualizan hipótesis contenidas en los Códigos Penales, no puede dejar de aplicarse la ley, ya que si un Estado Democrático de Derecho no puede establecer la paz pública, ese Estado no podrá crecer ni económicamente, social ni culturalmente, dejándolo en el ostracismo.

Oaxaca esta sitiada por un grupo de pseudomaestros que afectan los derechos humanos de los oaxaqueños y al momento de realizar eso comenten delitos, estos ataques a la sociedad no deben de quedar en la impunidad, la aplicación de la ley no debe ser sometida a consensos generales de Ayuntamientos oportunistas que quieren usar estos hechos para sus propios intereses y beneficios.

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